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Formación Programada para las Empresas y Baja Médica del Trabajador

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En líneas generales podríamos decir que está permitido que el alumno/trabajador participe en la formación a pesar de encontrarse de baja por enfermedad o maternidad.


De todos es sabido que el alumno debe estar contratado (en Régimen General) al menos el primer día de inicio del curso.  Pero…  ¿es compatible realizar formación programada con una baja médica? Ésta es una pregunta bastante frecuente  que nos hacemos y la respuesta  general  podría ser:  sí, siempre que la formación sea compatible con la enfermedad, y en todo caso, con autorización médica.

Lo primero que se debe de tener en cuenta es el tipo de incapacidad temporal que padece el trabajador y su posibilidad de participar en el curso. Una baja no implica  necesariamente que se tenga que estar en casa  sin hacer nada, es posible realizar otras actividades incluso fuera de la vivienda.

Ahora bien, existe formación que por normativa se debe realizar parcial o totalmente en el horario laboral o en el puesto de trabajo y en estos casos sí podría llegar a ser incompatible con su realización, obligando al trabajador a posponer su aprendizaje para cuando se recupere.

Por ello, es fundamental analizar cada caso y evitar comportamientos pueden reputarse como transgresores de la buena fe que se ha de dar entre las partes de la relación laboral.